Las enfermedades que impedirán la renovación del carnet de conducir

El listado, supuestamente de la DGT, que señala 35 patologías como la diabetes, la celiaquía, el asma o el cáncer. Una lista que ha circulado por redes pero también ha llegado a la prensa. Muchos medios la han publicado con titulares que aseguran que la DGT se ha puesto estricta, que no se podrá conducir si padeces esas enfermedades o que nos harán decir adiós a renovar el carnet. Las publicaciones en estos medios han viralizando aún más una información que es fake news. 

Un bulo está circulando más rápido que un lamborgini. Se trata de un supuesto listado de la DGT donde aparecen enfermedades que según dicen impedirían la renovación del carnet de conducir.

La Dirección General de Tráfico aseguran que esas informaciones son mentira.

Ni asma, ni epilepsia. La DGT aclara qué enfermedades impiden renovar el carnet de conducir.

No, no te van a prohibir conducir si eres celiaco. La DGT desmiente el bulo. No hay ninguna enfermedad por la que de manera explícita se prohíba la conducción.

¿Qué dice el Reglamento de Conductores?

En el Reglamento de Conductores de 1997 sólo existe una normativa para la seguridad vial que incluye un listado de enfermedades a tener en cuenta. Ese listado es el mismo que aparece en la actualización que la DGT hizo de su Código de Tráfico y Seguridad Vial el pasado 4 de septiembre.

Y habla de aptitudes psicofísicas requeridas para obtener o prorrogar la vigencia del permiso o de la licencia de conducción. La normativa detalla enfermedades y deficiencias que serán causa de denegación o de adaptaciones, restricciones de circulación y otras limitaciones en la obtención o prórroga del permiso o la licencia de conducción.

Esta tabla de la DGT existe para asegurar la seguridad vial y es la misma desde hace 27 años. Con un añadido: Otros procesos oncológicos no hematológicos. Que se incorporó en una modificación del reglamento en 2018.

Restricciones pero no prohibiciones para la renovaciónd el carnet en diabéticos

Alguien con esta enfermedad deberá, como siempre se ha hecho, presentar un informe médico favorable. Y en vez de renovar el carnet cada 10 años, será cada 5.

Esto sí ha sido modificado: en 1997 era cada año, en 2009 cada 4 y desde 2010 cada 5. No sólo no se ha prohibido, sino que el periodo de renovación ha ido en aumento. 

Asmáticos o celíacos ¿Tendrán restricciones en la conducción?

En el cuadro relacionado con el sistema respiratorio no se dice nada sobre el asma. Ni tampoco hay referencias a los celíacos.

De hecho, la Asociación de Celiacos de España ha tenido que salir a tranquilizar con este mensaje, asegurando que no existe ni restricción ni limitación para quien padezca la enfermedad.

Entrevista a uno de nuestros expertos de GO! Autoescuelas

En el programa de todo es mentira ha querido hablar con Alberto Checa, experto en seguridad vial y formador de conductores en GO! Autoescuelas para y zanjar este bulo. 

Ristro Mejide: Buenas tardes.
Alberto Checa: Hola, buenas tardes. 
Ristro Mejide: Aclaremos este tema, Alberto. Si a alguien padece de diabetes, ¿se le va a impedir conducir?
Alberto Checa: Hasta ahora, toda la información que ha llegado a nuestros centros, al respecto, no hay nada de eso.
Cuando hay una modificación, normalmente se notifica a todas las escuelas, a través de las pertinentes asociaciones, porque es un tema que las escuelas tienen que tener en cuenta a la hora de poder inscribir a los alumnos para examinarse. Nadie nos ha hecho mención de ese bulo que está circulando por ahí.
Ristro Mejide: Pero tampoco me dejas muy tranquilo, Alberto. Has dicho hasta ahora no ha habido esa información. ¿Quieres decir que eso podría pasar?
Alberto Checa: No, si se publica y deciden hacerlo, sí, pero hasta cierto punto, yo creo que hay otros problemas mucho mayores en la conducción. 
Ristro Mejide: Totalmente. Bueno, la información que hemos dado en el vídeo: el pasado 4 de septiembre, la DGT hizo una actualización de su código de tráfico, ¿no? Esto es así.
Y en esa actualización hay un listado que es una pauta para los médicos que tienen que revalidar el carnet. Pero estamos hablando de una posible restricción, pero no de una prohibición. ¿Cuál es la diferencia?
Alberto Checa: A ver, cuando hay una restricción es un impedimento a acceder a un permiso. Una restricción, por ejemplo, si una persona necesita gafas, pues ya tiene una restricción. Si no es con esas gafas, no debería conducir. Es decir, hay situaciones que se pueden subsanar o bien con medicación o bien con ortopedia o en fin. 
Ristro Mejide: Totalmente. Bueno, pues Alberto, muchas gracias. Gracias por atendernos. Un abrazo.
Alberto Checa: Un abrazo.